lunes, 7 de julio de 2014

EMPEZAMOS CON LA REVISIÓN DE CONCEPTOS

Empezamos por la revisión de algunos conceptos, a tomar conciencia de que a veces una cosa es la realidad y otra la legalidad, que a veces nos perdemos en términos legales, que tendrían que recoger situaciones reales y en el fondo a veces no es necesario, porque como sabemos la realidad siempre supera a la ficción y muchas otras veces la realidad supera a la legalidad, y sin ser conocedores de cómo se llaman las situaciones, ni de sus consecuencias legales, vivimos inmensos en relaciones de hecho, que nos son muy familiares, por sencillas y abundantes.

I.- LOS ORIGENES: NECESIDAD / DERECHO / RESPONSABILIDAD

Para poder llegar al objeto del título de este trabajo “LA MEDIACIÓN FAMILIAR EN LA BUSQUEDA DE ORÍGENES DE LAS PERSONAS ADOPTADAS” es necesario llevar a cabo una revisión o incluso definición de algunos conceptos que voy a desarrollar a continuación puesto que afectan a todos los seres humanos, a todas las personas, de igual manera y voy a destacar lo que dentro de esos conceptos puede afectar especialmente, incluso diferenciar, a las personas que hemos sido adoptadas.

Con independencia del concepto original y de su evolución histórica y jurídica de la adopción como forma de filiación, empezando por ser como fue una forma de tener un heredero, pasando por conseguir un hijo para una familia que no lo tenía y llegando hasta la actual situación de conseguir una familia para un niño que no la tiene, yo me quedo con esta sencillísima definición de adoptar: hacer propio lo ajeno.

En ningún caso me voy a referir de forma explícita a algunas formas de adopción como puede ser la de  la adopción del hijo del cónyuge, o la de la adopción del menor previamente tutelado que se hace mayor de edad y solicita la adopción, ni a situaciones de hecho como son las familias reconstituidas en las que no hay una adopción de derecho, pero son muchos los menores que se desvinculan de sus progenitores naturales, por fallecimiento o separación o divorcio y pasan a convivir y ser criados por las parejas de sus progenitores custodios, sin que llegue a haber entre ellos un vínculo legal de filiación, pero digamos que se da una adopción de hecho porque el adulto asume las obligaciones propias de la patria potestad sin ser el titular original. Y aunque no voy a hacer mención expresa a este tipo de adopciones, algunas de las situaciones que aquí voy a detallar se pueden extrapolar y aplicar a esta clase de situaciones de derecho y de hecho. 


            Va a ser un análisis extenso y muy completo, que puede llegar a parecer excesivo, pero como he dicho es necesario, puesto que los conceptos aquí enumerados se van a ver incorporados a los cuestionarios con los que he trabajado en la práctica de la mediación familiar en la búsqueda de orígenes, que me han permitido utilizar herramientas básicas de la mediación como son los genogramas que en el caso de las personas que han sido adoptadas, van más allá de la representación gráfica, mediante una línea discontinua descendente, para identificar este tipo de filiación, puesto que una cosa es el genograma que representa la realidad legal, otra cosa es el genograma que representa la realidad biológica o de origen. Hay que tener en cuenta también los genogramas de cada uno de los padres por adopción en distintos momentos, en el momento previo a la adopción, una vez constituida la adopción, en el momento de la revelación de la condición de hijo por adopción y una vez que llega el momento de la búsqueda de orígenes. Por supuesto hay que tener en cuenta que, en el caso de que sea posible, es necesario trabajar con los genogramas de los progenitores, padres biológicos o de origen, tanto antes del embarazo, como durante, como después del parto y  la adopción y por último en el momento de ser localizados, ya que su entorno familiar puede variar de un momento a otro y sin duda alguna ha cambiado pasados los años que pueden transcurrir hasta que se ponga en marcha una búsqueda de orígenes activa. Del mismo modo serán necesarios los genogramas en los casos en los que no sean los hijos los que busquen sus orígenes, sino que sean otros familiares los que busquen a sus parientes, ya sean progenitores a hijos, abuelos a nietos o hermanos a hermanos, etc…. Como vemos las situaciones, son muchas y variadas, por eso los conceptos son necesarios aunque puedan parecer excesivos. 

Ahora al volver a leer este apartado de mi trabajo, recuerdo que hubo una persona que me inspiró su título, ella es Carmen García Beateiro  http://www.carmengbeaterio.com/ a quien le estaré siempre agradecida, por el enfoqué que le da a los orígenes como un derecho y es responsabilidad de alguien satisfacerlo...Y cómo no recordar y agradecer también a mi amiga Belén Rodríguez, que nos presentó. GRACIAS A LAS DOS!!

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